La autonomia universitaria definida en el articulo 84 de la Constitucion Politica de la Republica de Costa Rica dice:
"La Universidad de Costa Rica es una instituión de cultura superior que goza de INDEPENDENCIA para el desempeño de sus funciones y de PLENA CAPACIDAD JURIDICA para adquirir DERECHOS y contraer obligaciones, asi como para darse SU ORGANIZACION y GOBIERNO PROPIOS. Las demás instituciones de educacion superior universitaria del Estado tendran la misma independencia e igual capacidad juridica que la Universidad de Costa Rica.
El Estado las dotara de patrimonio propio y COLABORARA es su funcionamiento"
La Universidad de Costa Rica como institución autonoma del estado, es la UNICA junto con las demás universidades ESTATALES que goza de los 3 tipos de autonomía que existen ( ADMINISTRATIVA, POLITICA y ORGANIZATIVA), el hecho suscitado el dia 12 de abril dentro de las instalaciones de la UCR es un hecho completamente lamentable y reprochable tanto por el actuar de la fuerza publica en conjunto con el OIJ, como también el actuar de ALGUNOS universitarios al recurrir a hechos de violencia para la defensa de la autonomía.
Si bien se presento un supuesto hecho delictivo en las afueras de la UCR, este mismo que se dió a conocer como un soborno y que legalmente es considerado como corrupcion al ser un funcionario público, la resolución de este conflicto correría por parte de la UCR por que es de índole administrativa, actuando según el reglamente interno , respetando los procesos, y actuando con la automática destitución de este funcionario, además luego actuando en conjunto con el denunciante, presentarían una denuncia ante el tribunal competente y se resolvería por parte del juez.
Politicamente hay una preocupación porque para muchos este acto puede tener un trasfondo que busca desprestigear a la universidad, sin embargo les digo a ellos que el actuar de este siglo es CON INTELIGENCIA y que nosotros vamos a luchar de manera digna y pacífica para que se cumplan los derechos y se respete nuesra casa de enseñanza.
NO HAY QUE OLVIDAR que el denunciado es y seguirá siendo INOCENTE hasta que se demuestre lo contrario, esto de acuerdo con nuestro ordenamiento jurídico y con lo dictado por el juez, por lo tanto el haber actuado con fuerza, armas y gran cantidad de miembros de la policía es una falta total e irrespeto a las garantias procesales que constitucionalmente deben de ser respetadas POR TODOS LOS CIUDADANOS y CIUDADANAS de este pais.
Es un hecho preocupante que los miembros del OIJ ingresaran a las instalaciones de la UCR con armas y por la fuerza, aún cuando legalmente se sabe que SIEMPRE QUE SE QUIERE INGRESAR A UNA INSTITUCION O MINISTERIO DEL ESTADO los miembros de la polícia deben de dejar sus armas en custodia de la seguridad de esta institución y luego ingresar de manera ORDENADA al recinto a cumplir con el deber judicial, esto para TODAS LAS INSTITUCIONES PUBLICAS O PRIVADAS.
Adjunto el siguiente ejemplo: Si a un individuo se le quiere detener por presuntas acciones de acoso o abuso sexual, y este se encuentra ejerciendo sus funciones DENTRO del ministerio, institucion o universidad en el que este trabaja, llamese ministerio de trabajo, UCR, INS,etc; los miembros de el OIJ deben de esperar AFUERA de el recinto hasta que quede debidamente identificada su accion por realizar, el porque y la orden judicial firmada por EL JUEZ COMPETENTE Y JURISDICCIONAL, y ademas dejando por fuera armas y otros implementos que puediesen causar daños a PERSONAS INOCENTES y otros FUNCIONARIOS que nada tuvieran que ver en este conflicto.
La perocupacion general presente en la UCR es el porque ingresan con armas semiautomaticas, de gran calibre a un lugar de ENSEÑANZA y ESTUDIO, ya que este tipo de armas son consideradas como armas de GUERRA e inclusive pudieron haber dañado fisicamente a muchos individuos.
Otra perocupación es la velocidad que llevaban dentro del campus casi a 80 km por hora IRRESPETANDO zonas de seguridad, pasos peatonales, reductores de velocidad y la prioridad de paso peatonal que dentro de la UCR si es respetado e inclusive en muchos casos estuvieron apunto de atropeyar a individuos que no sabian ni que pasaban.
Los hechos vandálicos del dia martes no son actuación de la UCR sino de una minoría extremista y anárquica que lo que busca es apegarse a lo mínimo para realizar actos vandálicos.
Importante es tambien recordar que la costumbre, segun nuestra carta magna, genera derecho, refiriendose a que el acto reiterado generara un acto aún más grande que debe de ser respetado cnstitucionalmente y por ende por las demás normas del ordenamiento siempre y cuando no incumpla o vaya en contra de otras leyes .El repeto que se rompio es inconstitucional . Esto quiere decir que los 50 años en los que se mantuvo un respeto a la autonomía y NUNCA se ingreso de manera agravada y arbitraria a la UCR, se convierte en una FUENTE DEL DERECHO y por ende se transforma en derecho consuetudinario, de ninguna manera se puede irrespetar a la costumbre, tipificada correctamente en el ordenamiento, por lo tanto el haber ingresado a las instalaciones universitarias de la manera en que se hizo es INCONSTITUCIONAL y un DELITO que debe de ser REPUDIADO y CASTIGADO JURIDICAMENTE.
Por lo tanto insto a defender los derechos universitarios de manera PACIFICA y a la tolerancia hacia las personas que se apeguen o no a este pensamiento y además agradezco a los que toman su tiempo de leer sobre el tema y llevarse una pincelada de todo lo que contiene este hecho.
miércoles, 14 de abril de 2010
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hola!! no tenes idea de la alegría que me da leer un blog como este, ya era hora de que alguien hable con las leyes en las manos y no que inventen cosas. Sigue así!!
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